Entradas

¿Para quién gobierna Macri? Reflexiones después del 29 de abril.

Imagen
    Ya pasaron unos días y es un buen momento para hacer un balance de lo sucedido tras el acto de las centrales obreras el pasado 29 de abril. Como ya se ha dicho mucho me referiré a como la convocatoria sindical logró dañar el discurso que el gobierno venía instalando en la sociedad. Acuerdo con Martin Rodríguez quien sostiene que “e l macrismo lleva gobernados sus cinco primeros meses en función de quienes lo votaron en las PASO y no tanto para la mayoría del balotaje” (leer nota http://revistacrisis.com.ar/notas/la-marcha-de-la-resistencia-sindical ). Me interesa la afirmación de Martin Rodríguez porque se sostiene sobre una afirmación que no está enunciada y es que el plan económico y las medidas de gobierno benefician a un sector minoritario de la población y perjudican a la mayoría. Por su parte el gobierno afirma lo contrario: este plan es para ordenar el país, es “sincerar la economía para que vuelva a crecer”, e incluso Macri habla de que “el gobierno a...

Macri y ganancias: Crónica de un anuncio que no fue. Por Juan Pablo Ruiz.

Imagen
Finalmente, se publicó el decreto que modifica las deducciones del impuesto a las ganancias. Esto ocurrió cinco días después que el Presidente de la Nación hiciera el anuncio frente a una numerosa delegación de dirigentes sindicales que fueron invitados a tal fin. Siempre comenzando por la buena noticia diré que se han actualizado las deducciones previstas en el Art. 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (LIG) de manera importante: Como ejemplo diremos que el concepto de ganancia no imponible, que es anual, paso de $ 15.552 a $42.318. También se actualizo la deducción anual de cargas de familia, que paso a $42.318; la deducción anual por hijo que se actualizo a $19.889; mientras que la deducción anual por cónyuge se actualizo a $39.778. todas las actualizaciones de las deducciones mencionadas han sido importantes pues implican un ajuste en el orden de más 150%; pero veremos que no impactan de la misma manera a la hora de quienes deben o no tributar ganancias. De esta ma...

MACRI, ABAD, Y GANANCIAS. CLAVES PARA COMPRENDER UN ANUNCIO PRESIDENCIAL. (válido hasta que se publique en el Boletín Oficial)

Imagen
Debo decir que escribir lo que opino sobre el enuncio que realizo el Presidente Mauricio Macri sobre el Impuesto a las ganancias me ha costado más de lo previsto. En primer lugar, porque el anuncio no vino acompañado por el texto del decreto que debe publicarse en el boletín oficial, ¡y también porque en el boletín oficial no se ha publicado nada! Veremos el lunes próximo. En segundo lugar, por la poca claridad a la hora de exponer la propuesta realizada por Macri, lo único que quedo claro (¿?) era que quienes ganan menos de $ 30.000 pesos brutos mensuales no pagan ganancias, lo que no queda claro es en qué fecha se debe ganar menos de ese dinero, si antes o después de las paritarias. Para despejar un poco más las dudas cosas apareció el Director de AFIP, Alberto Abad, quien detallo que 180 mil trabajadores quedaran exentos del pago de ganancias porque no superan el nuevo piso de 30 mil pesos brutos mensuales. También anunció que aquellos que perciben un sueldo mensual bru...

APUNTES SOBRE LA CRISIS PETROLERA.

Imagen
La región patagónica viene recibiendo el impacto desde el año 2014 de la crisis petrolera mundial. Dicha crisis se centra en la caída sin precedentes del precio del barril de petróleo, que paso en solo un año de cotizar 100 dólares el barril a cotizar 29 dólares en enero de 2016, con lo que el precio actual es un 30% del valor de fines del año 2014, mostrando dicho precio una elasticidad inédita. Dicha caída, que obedece a causas que analizaremos a continuación, ha tensado las relaciones entre todos los sectores que involucra la industria petrolera nacional, a saber: Estado Nacional, Estados Provinciales, Municipios, Operadoras Petroleras, empresas petroleras y por supuesto los trabajadores petroleros que solo en la zona del Golfo de San Jorge (Provincia de Chubut) suman más de 18.000. Las causas de la crisis. Mucho se ha escrito sobre cuál es la causa de la caída del precio internacional del barril del petróleo, ante lo cual hay que decir que no existe una sola causa, s...

REFLEXIONES SOBRE LA DESIGNACIÓN VÍA DECRETO DE DOS MINISTROS DE LA CSJN. Por Juan Pablo Ruiz

Imagen
Para poder saber si el Presidente Macri tiene o no las facultades para designar por decreto a dos Ministros de la Corte debemos remitirnos al art. 99 de la Constitución Nacional, que versa sobre las atribuciones del Poder Ejecutivo. El art. 99 en su inciso 4 establece: “4. Nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto.” El requisito de los dos tercios de los miembros presentes del Senado (mayoría agravada) está establecido para que los Ministros de la CSJN surjan por un consenso mayor a la simple mayoría. El criterio utilizado por la Constitución Nacional es muy simple: a mayor consenso mayor imparcialidad o por el contrario a menor consenso mayor parcialidad. Ahora bien, en el mismo art. 99 pero en el inciso 7 establece: “Nombra y remueve a los embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios con acuerdo del Senado ; por sí solo nombra y remueve al jefe de ...

Sobre la legalidad o ilegalidad de los sindicatos policiales. Por Juan Pablo Ruiz. Abogado Laboralista

Imagen
. El pasado 13 de agosto tuvo lugar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación la audiencia de “amicus curiae” en torno al caso del Sindicato Policial Buenos Aires. La misma tuvo por objeto esclarecer los aspectos jurídicos sobre la legalidad o no del mencionado sindicato policial. Para entrar en el tema diremos que nuestra Constitución Nacional garantiza a todos los ciudadanos del derecho a “asociarse con fines útiles” (art. 14 de la CN), y el art. 14 bis sostiene que el “el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes…” Dicho esto intentaremos responder tres preguntas centrales: los policías y penitenciarios ¿deben ser considerados trabajadores?; ¿tienen derecho a asociarse sindicalmente?; y por ultimo: ¿un sindicato policial puede ejercer el derecho de huelga? Este debate no ha sido sencillo y comenzó a saldarse primeramente en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con el Convenios N° 87 sobre “libertad sindical”  y  el Conven...

EL CONFLICTO ACEITERO Y LA PELEA POR EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.

Imagen
Mientras en el último paro nacional el debate fue monopolizado por reclamos sobre el Impuesto a las ganancias, en la Federación de Trabajadores Aceiteros el debate giro en torno a otro eje: el salario de los que menos ganan. Lejos de discutir un porcentaje de ajuste salarial exigieron que se cumpla la Constitución Nacional y la Ley de Contrato de Trabajo pretendiendo un salario mínimo, vital y móvil (SMVM) según lo establece el Art. 116 de la LCT  y que debe ser la “menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión”. Según un cálculo realizado por la Universidad Nacional de Rosario, que la Federación Aceitera llevo a la paritaria, dicho salario debe rondar en 15.000 pesos mensuales. La negativa patronal derivo en una huelga por tiempo indeterminado que...